Cuando una persona se da de alta en autónomos, lo último que piensa es en un cese de actividad. Sin embargo, informarse sobre los posibles escenarios futuros siempre te va a resultar de utilidad, como mínimo, para tu propia tranquilidad. Te vamos a contar en qué consiste este cese de actividad y cuáles son los requisitos a cumplir para pedirlo.
¿Qué es el cese de actividad en un autónomo?
Entendemos, por cese de actividad, como esa situación en la que el trabajador debe o bien suspender, o bien interrumpir su actualidad. Una medida que, en los últimos años, ha sido muy sonada en los medios de comunicación. Con este cese, el trabajador, ya sea por problemas económicos, enfermedad, falta de rentabilidad o jubilación, debe cesar su actividad.
Tipo de cese de actividad
Existen dos tipos de cese de actividad en autónomos.
Por un lado, el cese temporal. En este caso se suspende la actividad por un tiempo determinado. Es decir, el trabajador podrá reanudar la actividad en el futuro.
Por otro lado, encontramos el cese definitivo. En este caso, el trabajador decide suspender la actividad de manera indefinida.
En cualquiera de los dos casos, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos para poder acceder al conocido como “paro del autónomo”. Requisitos que han sido muy cuestionados y punto de debate por los afectados.
Requisitos para pedir “el paro del autónomo”
Cada caso es particular, pero en general, para poder solicitar el paro de autónomos tras el cese de actividad, hay que cumplir con estos requisitos:
-
- Estar dado de alta como autónomo en el correspondiente régimen de la seguridad social.
- Haber cotizado un periodo mínimo de 12 meses (según casos, puede variar)
- Estar al corriente de pago de las obligaciones fiscales y de la seguridad social. Es decir, haber cumplido con todas las obligaciones de pago de impuestos y cotizaciones sociales correspondientes. Es relevante tener al día tus declaraciones fiscales y pagos a la seguridad social.
- Acreditar tu situación de cese de actividad inolvidable en un artículo. Haciendo hincapié en la palabra de “involuntaria”. Es decir, debes demostrar que el cese es por causas ajenas a tu voluntad. Por ejemplo: una enfermedad, la incapacidad, jubilación o la más común: falta de ingresos.
- No tener la edad de jubilación.
- Cumplir con todos los plazos y procedimientos establecidos. Es decir, presentar la solicitud de cese de actividad dentro del plazo establecido y seguir todos los procedimientos correspondientes según la normativa actual.
Nadie quiere oír hablar de ese cese. Sin embargo, es importante recordar que la información es poder y siempre va de tu lado. Si tienes dudas o necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros. Nuestro equipo de expertos te proporcionará asesoramiento para freelancers o autónomos independientes.
Comentarios recientes